En la Florida la ley es bastante clara que uno que da un anillo de compromiso (por ejemplo, el hombre) tiene derecho a recuperarlo, si:
- El compromiso es injustificadamente cancelado por la persona que lo acepta (ej. mujer) o
- Cancelado por consentimiento mutuo de las partes.
La premisa de este principio es que la aceptación del anillo está supeditada a que la persona quien se queda con que acepte el anillo se case con el oferente (ej. Hombre).
Por lo tanto, como los principios simples suelen complicarse, debajo compartimos escenarios de «Qué ocurre si….”:
¿Qué pasa si el oferente, «Jacinto», propone a su novia de muchos años «Ramona», pero la propuesta y la aceptación del hermoso anillo de 5 quilates es durante una ocasión especial, «Navidad, o día de San Valentín»?
Una vez más, como de costumbre, esto puede dar lugar a una excepción en la que Ramona podría mantener el anillo si prueba que fue Jacinto quien cancelo el compromiso o si Ramona prueba que el anillo fue un regalo de Navidad y no necesariamente bajo la condición de que se casara con él.
Para resumir, se puede decir que en un pleito legal para recuperar un anillo de compromiso, quién anula el compromiso es muy importante.
En Florida, con un compromiso roto o un matrimonio fallido, la tendencia de los tribunales quien se queda con ha sido desde hace mucho tiempo aplicar los principios contractuales. Los tribunales ven la entrega de un anillo de compromiso como un acto condicional. Si el matrimonio se cumple, la condición se cumple, y el anillo es propiedad de la persona que lo aceptó (cónyuge).
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